Arrendatarios históricos, usufructuarios “gratuitos” y miembros de la comunidad que no ostentan el hoy en día privilegiado título de propiedad, se consideran discriminados por la puesta en práctica de la Resolución No. 391 del 2011 del Instituto Nacional de la Vivienda, al ser requisito indispensable su presentación para poder acceder a los subsidios estatales.
Recientemente, entró en vigor un Acuerdo del Consejo de Ministros en el cual se aprobó el Reglamento para el otorgamiento de subsidios a personas naturales con escasos recursos económicos, para realizar acciones de reparación en sus viviendas y como complemento directo de dicho acuerdo, el Instituto Nacional de la Vivienda, puso en vigor la Resolución No. 391 del 2011, en la que en su artículo 3.2 inciso b) estipula en su esencia, que en los casos de solicitud de subsidios para afrontar reparaciones menores, que no requieran licencia constructiva, es requisito para el otorgamiento del mismo, que el solicitante presente el documento acreditativo de la titularidad de la vivienda.
Josefa, vecina del Guatao en el capitalino municipio de La Lisa, asegura: “Fui a iniciar el trámite muy contenta, y me dijeron que no era propietaria del inmueble, salí muy desilusionada, quien implementó estas medidas no pensó en nosotros los usufructuarios, que somos los más necesitados, pues si tuviéramos dinero fuéramos propietarios. No entiendo nada, si ya llevamos viviendo en nuestras casas más de 20 años, ¿ por qué no podemos acogernos a esta medida o nos dan el título de propiedad? Es injusto, mi salario sólo es para mal comer, no me alcanza ni para cuatro sacos de cemento. Cuando llegue un airecito platanero, la casa se nos va a caer encima, es por eso que pregunto: ¿y los no propietarios qué? Nosotros no somos personas, no tenemos derechos”.
En Cuba existen miles de familias que han habitado una vivienda, de forma lícita y permante, durante más de 30 años, y en ella han nacido hijos y hasta nietos. Y no han podido adquirir la propiedad por ser un medio básico de algún ministerio o institución estatal. Esto ha servido mordaza social para quienes intenten elevar su voz críticamente y a su vez un mecanismo de subsistencia para funcionarios corruptos.
Curiosamente, estos “no propietarios o propietarios a medias” no se han indignado por su condición de discriminados, pues hace tiempo a sus ocupantes, mediante contrato, se les prohibió realizar reparaciones y transformaciones en las viviendas, permutarlas y mucho menos venderlas, donarlas o arrendarlas. Un contrato al que hacen caso omiso autoridades y supuestos usufructuarios.
¿ No cree alguien que ya es hora otorgarle el debido título de propiedad a estas desesperadas personas, para que puedan reparar sus casas, ya sea por su cuenta o mediante subsidios, para que no existan más frustraciones, derrumbes y muertes evitables?
Texto y foto: Joisy García Martínez
Autor del blog El criollo liberal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios en este blog están supervisados. No por censura, sino para impedir ofensas e insultos, que lamentablemente muchas personas se consideran con "derecho" a proferir a partir de un concepto equivocado de "libertad de expresión". También para eliminar publicidad no relacionada con los artículos del blog. Por ello los comentarios pueden demorar algunas horas en aparecer en el blog.